Este sábado 2 de noviembre, luego de la celebración de la Santa Misa por los Fieles Difuntos presidida por el obispo diocesano Mons. Luis Urbanč, a las 18.00, se llevará a cabo la bendición del Cinerario del Santuario de la Gruta de la Virgen del Valle, el primero en su tipo en Capital.
El mismo estará emplazado en
el sector denominado Patio de la Cruz, ubicado finalizando el camino del
peregrino que tiene este lugar sagrado del hallazgo de la Sagrada Imagen de la
Virgen Morena.
Desde el Santuario de la Gruta
establecieron el procedimiento para su uso a partir de un Protocolo, en cuyo primer
punto destaca que “el Santuario de la
Gruta de Nuestra Señora del Valle, de acuerdo con la tradición cristiana sobre
el cuidado y la veneración del cuerpo de los fieles y atendiendo a las
necesidades que se plantean, ofrece un lugar digno para depositar las cenizas
de los difuntos”.
Para el conocimiento de los
fieles, damos a conocer el Protocolo completo:
PROTOCOLO
PARA EL USO DEL CINERARIO DEL
SANTUARIO
DE LA GRUTA DE NUESTRA SEÑORA DEL VALLE
1º) El Santuario de la Gruta
de Nuestra Señora del Valle, de acuerdo con la tradición cristiana sobre el
cuidado y la veneración del cuerpo de los fieles y atendiendo a las necesidades
que se plantean, ofrece un lugar digno para depositar las cenizas de los
difuntos.
2º) El mismo se encuentra
emplazado en el sector denominado “PATIO DE LA CRUZ”, finalizando el camino del
peregrino que tiene el Santuario, como referencia del camino transitado por la
vida y asociado a la Pasión y Muerte de Nuestro Señor, con la firme esperanza
de la Resurrección futura.
3º) La inscripción para la
sepultura de las cenizas deberá efectuarse por Secretaría del Santuario, en
horas de la mañana, de lunes a viernes.
4º) El depósito de las cenizas
se realizará el primer y tercer sábado de cada mes en horario a acordar con el
o los familiares.
5º) Al momento de la solicitud
de inscripción se deberá concurrir con la fotocopia de la partida de defunción
y la identificación correspondiente de quien solicita este servicio en el
Santuario.
6º) En el Cinerario se
depositarán solamente cenizas, sin urnas, ni otros objetos de ninguna especie.
7º) Las cenizas de los
difuntos serán depositadas en el Cinerario, para lo cual se deberá abrir la
urna en la cual se las trae, teniendo que estar por lo menos un familiar y un
testigo ofrecido por el mismo Santuario, quienes luego firmarán el Acta del
Libro de Difuntos.
8º) Las cenizas que se
coloquen en el Cinerario no podrán ser requeridas por ningún familiar u otra
persona. Esta sepultura es definitiva.
9º) No se colocarán placas
recordatorias o adornos, sólo flores naturales y/ o plantines en los espacios
que el Santuario disponga para tal fin. Asimismo, no podrán colocarse ni
encenderse velas.
10º) Se llevará un registro
con los datos proporcionados por el certificado de defunción, así como nombre y
documento nacional de identidad de la persona responsable, como lo indica el
punto 5.
11º) A partir de la fecha del
inicio de uso del cinerario, no podrán dejarse en el Santuario las cenizas en
los días previos al depósito de las mismas.
12º) Si por alguna razón no se
depositaron las cenizas en la fecha asignada, será necesario acercarse
nuevamente a la secretaria del Santuario para solicitar una nueva fecha.
13º) No se permitirá la
colocación de placas recordatorias, ni ningún otro objeto de ornamentación
particular.
14º) Para el uso del cinerario
se solicitará una colaboración voluntaria por única vez para gastos
administrativos, de recuperación de la obra del cinerario y de las obras que se
realizan en el Santuario.
15º) Las visitas podrán
realizarse diariamente dentro de los horarios establecidos de apertura y cierre
del Santuario.
16º) Quien utiliza este servicio
se compromete a cumplir y hacer cumplir fielmente estas normas sin solicitar
excepción alguna.
17º) Cada lunes, en el
Santuario, se ofrecerá la celebración de la Santa Misa por el eterno descanso
de los que allí fueron sepultados.
18º) Para depositar cenizas en
el Cinerario del Santuario de la Gruta de Nuestra Señora del Valle, un familiar
o responsable deberá tomar conocimiento de estas disposiciones y corroborar con
su firma la aceptación de las mismas.
Imágenes: facebook Prensa Iglesia Catamarca / @DiocesisCat