La Iglesia concede una
indulgencia plenaria especial a los enfermos por el coronavirus COVID 19, así
como a los profesionales de la salud, familiares y todos aquellos que se
involucren en la lucha contra la epidemia, también por medio de la oración. Así
lo estableció la Penitenciaría Apostólica por medio de un decreto del 19 de
marzo firmado por el Penitenciario Mayor, cardenal Mauro Piacenza, y autorizado
por el papa Francisco.
En el decreto se establece
que “se concede la Indulgencia plenaria a los fieles enfermos de Coronavirus,
sujetos a cuarentena por orden de la autoridad sanitaria en los hospitales o en
sus propias casas”.
Para que se conceda la
indulgencia, los beneficiarios deben unirse espiritualmente, “con espíritu
desprendido” “a través de los medios de comunicación a la celebración de la
santa misa, al rezo del santo rosario, a la práctica piadosa del viacrucis u
otras formas de devoción, o si al menos rezan el credo, el padrenuestro y una
piadosa invocación a la santísima Virgen María”.
Además, deben ofrecer “esta
prueba con espíritu de fe en Dios y de caridad hacia los hermanos, con la
voluntad de cumplir las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión
eucarística y oración según las intenciones del Santo Padre), apenas les sea
posible”.
También se concede la
indulgencia especial a “los agentes sanitarios, los familiares y todos aquellos
que, siguiendo el ejemplo del Buen Samaritano, exponiéndose al riesgo de
contagio, cuidan de los enfermos de coronavirus”.
Asimismo, “esta
Penitenciaría Apostólica, además, concede de buen grado, en las mismas
condiciones, la indulgencia plenaria con ocasión de la actual epidemia mundial,
también a aquellos fieles que ofrezcan la visita al santísimo sacramento, o la
adoración eucarística, o la lectura de la Sagrada Escritura durante al menos
media hora, o el rezo del santo rosario, o el ejercicio piadoso del viacrucis,
o el rezo de la corona de la Divina Misericordia, para implorar a Dios
Todopoderoso el fin de la epidemia, el alivio de los afligidos y la salvación
eterna de los que el Señor ha llamado a sí”.
Por último, recomienda que
“para obtener esta indulgencia se recomienda el uso del crucifijo o de la
cruz”.
La
posibilidad de la absolución colectiva
Además, la Penitenciaría
Apostólica –afirma una nota que acompaña al decreto– por “la gravedad de las
circunstancias actuales”, y “especialmente en los lugares más afectados por el
contagio de la pandemia y hasta que no termine este fenómeno”, recuerda la
posibilidad de impartir la “absolución colectiva”, es decir, a varios fieles
juntos, “sin previa confesión individual”.
En cuanto a la absolución
colectiva –explica el texto– “el sacerdote está obligado a avisar al obispo
diocesano, en la medida de lo posible o, si no puede, a informarle lo antes
posible”. En efecto, corresponde siempre al obispo diocesano “determinar, en el
territorio de su propia circunscripción eclesiástica y en relación con el nivel
de contagio pandémico, los casos de grave necesidad en los que es lícito
impartir la absolución colectiva: por ejemplo, a la entrada de las salas de
hospitalización, donde se hospeda a los fieles infectados y en peligro de
muerte, utilizando en la medida de lo posible y con las debidas precauciones
los medios de amplificación de la voz, para que se oiga la absolución”.
La Penitenciaría también
pide que se evalúe “la necesidad y conveniencia de crear, cuando sea necesario,
de acuerdo con las autoridades sanitarias, grupos de 'capellanes
extraordinarios de hospitales', también con carácter voluntario y en
cumplimiento de las normas de protección contra el contagio, para garantizar la
necesaria asistencia espiritual a los enfermos y moribundos”.
Además, donde “los fieles
individuales se encuentran en la dolorosa imposibilidad de recibir la
absolución sacramental, debe recordarse que la contrición perfecta, procedente
del amor de Dios amado sobre todas las cosas, expresada por una sincera
petición de perdón (la que actualmente puede expresar el penitente) y
acompañada de votum confessionis, es decir, por el firme propósito de recurrir
cuanto antes a la confesión sacramental, obtiene el perdón de los pecados,
incluso mortales”, como se indica en el Catecismo de la Iglesia Católica (n.
1452).
“El momento actual, en el
que la humanidad entera, amenazada por una enfermedad invisible e insidiosa que
desde hace algún tiempo forma parte de la vida de todos –señala la
Penitenciaria–, está marcado día tras día por angustiosos temores, nuevas
incertidumbres y, sobre todo, por un sufrimiento físico y moral generalizado. Y
concluye: “Nunca como en este tiempo la Iglesia ha experimentado el poder de la
comunión de los santos, elevando a su Señor Crucificado y Resucitado votos y
oraciones, en particular el Sacrificio de la Santa Misa, celebrada diariamente,
incluso sin gente, por los sacerdotes” y como “buena madre, la Iglesia implora
al Señor que la humanidad sea liberada de tal flagelo, invocando la intercesión
de la Santísima Virgen María, Madre de Misericordia y Salud de los enfermos, y
de su esposo San José, bajo cuyo patrocinio la Iglesia siempre ha caminado por
el mundo”.
Fuente: AICA