El viernes 11 de junio se llevó a cabo en San Fernando del Valle de Catamarca, la denominada la Camina en Defensa de la Familia, ante el tratamiento de la ley que promueve la unión entre personas del mismo sexo. La misma se realizó desde el Paseo General Navarro (La Alameda) hasta el Paseo de la Fe. Participaron integrantes de distintos sectores de la sociedad, incluyendo a miembros de la Iglesia Católica, entre los que encontraba la máxima autoridad eclesiástica local, el Obispo Diocesano, Mons. Luis Urbanč, quien emitió en la ocasión el siguiente pronunciamiento:
“En mi condición de máxima autoridad de la Diócesis de Catamarca y responsable de velar por la salud espiritual de todos los fieles a mí encomendados por Su Santidad Benedicto XVI, expreso, con total libertad y convicción personal delante de este plural y distinguido auditorio, lo que acerca del matrimonio sostengo y sostenemos los ‘discípulos – misioneros’ de Nuestro Señor Jesucristo.
Para ello expondré concisamente las precisas enseñanzas del documento emanado de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el 3 de junio de 2003, memoria de San Carlos Lwanga y Compañeros, mártires. ‘CONSIDERACIONES ACERCA DE LOS PROYECTOS DE RECONOCIMIENTO LEGAL DE LAS UNIONES ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO’, a fin de proteger y promover la dignidad del matrimonio, fundamento de la familia, y la solidez de la sociedad, de la cual esta institución es parte constitutiva. Las presentes Consideraciones tienen también como fin iluminar la actividad de los políticos católicos, a quienes se indican las líneas de conducta coherentes con la conciencia cristiana para cuando se encuentren ante proyectos de ley concernientes a este problema. Puesto que es una materia que atañe a la ley moral natural, las siguientes Consideraciones se proponen no solamente a los creyentes sino también a todas las personas comprometidas en la promoción y la defensa del bien común de la sociedad.
La enseñanza de la Iglesia sobre el matrimonio y la complementariedad de los sexos repropone una verdad puesta en evidencia por la recta razón y reconocida como tal por todas las grandes culturas del mundo. El matrimonio no es una unión cualquiera entre personas humanas. Ha sido fundado por el Creador, que lo ha dotado de una naturaleza propia, propiedades esenciales y finalidades. Ninguna ideología puede cancelar del espíritu humano la certeza de que el matrimonio en realidad existe únicamente entre dos personas de sexo opuesto, que por medio de la recíproca donación personal, propia y exclusiva de ellos, tienden a la comunión de sus personas. Así se perfeccionan mutuamente para colaborar con Dios en la generación y educación de nuevas vidas.
La verdad natural sobre el matrimonio ha sido confirmada por la Revelación.
El hombre y la mujer son iguales en cuanto personas y complementarios en cuanto varón y hembra.
En el designio del Creador complementariedad de los sexos y fecundidad pertenecen, por lo tanto, a la naturaleza misma de la institución del matrimonio.
Además, la unión matrimonial entre el hombre y la mujer ha sido elevada por Cristo a la dignidad de sacramento. La Iglesia enseña que el matrimonio cristiano es signo eficaz de la alianza entre Cristo y la Iglesia (cf. Ef 5, 32).
No existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia. El matrimonio es santo, mientras que las relaciones homosexuales contrastan con la ley moral natural. Los actos homosexuales, en efecto, «cierran el acto sexual al don de la vida. No proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. No pueden recibir aprobación en ningún caso» (Catec. Igles. Catól. nº 2357).
La sociedad debe su supervivencia a la familia fundada sobre el matrimonio. La consecuencia inevitable del reconocimiento legal de las uniones de personas del mismo sexo es la redefinición del matrimonio. Si desde el punto de vista legal, el casamiento entre dos personas de sexo diferente fuese sólo considerado como uno de los matrimonios posibles, el concepto de matrimonio sufriría un cambio radical, con grave detrimento del bien común.
Poniendo la unión de personas del mismo sexo en un plano jurídico análogo al del matrimonio o la familia, el Estado actúa arbitrariamente y entra en contradicción con sus propios deberes.
Por último, para sostener la legalización de las uniones de personas del mismo sexo no puede invocarse el principio del respeto y la no discriminación de las personas. Distinguir entre personas o negarle a alguien un reconocimiento legal o un servicio social es efectivamente inaceptable sólo si se opone a la justicia. No atribuir el estatus social y jurídico de matrimonio a formas de vida que no son ni pueden ser matrimoniales no se opone a la justicia, sino que, por el contrario, es requerido por ésta”.