Delegación Episcopal para la Pastoral Familiar
1. El mayor peligro ideológico para el matrimonio y la familia lo constituye la llamada ideología de género, originado en el feminismo radical y en la ideología marxista que ha considerado la realidad social como una lucha y el matrimonio monógamo de un varón y una mujer como fuente de opresión. La maternidad es considerada un lastre y parece que el único fin del género humano es su realización como individuos y no como personas.
2. El sexo no es una realidad social que se elige. No se trata de algo cultural o de costumbres.
3. Entendemos por matrimonio, la unión sexuada de un varón con una mujer, en la libre decisión de recibirse mutuamente en el amor con el fin de procrear y educar a los hijos conforme a sus convicciones. El matrimonio nace de la complementariedad biológica, psicológica y social entre el varón y la mujer y no de una ley positiva humana o de un determinado credo.
4. Los principios y valores democráticos deben ser protegidos de interpretaciones demagógicas o manipuladoras. Una sociedad democrática es una sociedad pluralista, no una sociedad uniforme, por esta razón, el principio de igualdad y no discriminación de los ciudadanos ante la ley, lejos de conllevar la imposición coactiva de una uniformidad igualitarista en materia de estado civil, debe armonizar con el principio democrático de justicia, que significa tratar lo igual como igual y lo desigual como desigual, dando a cada uno lo suyo.
5. La sexualidad humana, es decir, la modalización diversa masculina y femenina de la misma e íntegra persona humana es una realidad natural, es decir, una estructura personal dada al ser humano e integrada por tres dinamismos: el físico – corpóreo; el psíquico – sensible; el racional – espiritual.
6. Es propio de una sociedad civilizada llamar con nombres distintos a realidades distintas. La unión sexuada de personas del mismo sexo no puede ser denominada “matrimonio” ya que transculturalmente se llama matrimonio a la unión total de un varón y una mujer en tanto varón y mujer.
7. La denominación con el mismo nombre y la atribución de iguales derechos a la unión de personas del mismo sexo respecto al matrimonio fundado en la unión de un varón con una mujer, es una discriminación injusta que se hace al segundo. No parece razonable que se intente que las cosas que son distintas sean iguales.
8. Como afirma El Cardenal Jorge Bergoglio y sus Obispos Auxiliares, “La palabra «matrimonio» alude a esa calidad legítima de «madre» que la mujer adquiere a través de la unión matrimonial. Con frecuencia se ha intentado asociar erróneamente el término «matrimonio» con el sacramento católico del mismo nombre, sin tener en cuenta que el vocablo y la realidad que quiere expresar, fue consagrado por el Derecho Romano muchísimo antes de que el cristianismo apareciese en la historia de la humanidad”.
9. Afirmar la heterosexualidad del matrimonio no es discriminar, sino partir de una nota objetiva que es su presupuesto.
10. No se trata de juzgar, de criticar o de creerse mejor que nadie sino de hablar de manera clara y concisa y de asumir con todas sus consecuencias lo que se elige. Tampoco parece razonable que se legisle sobre uniones afectivas ni que se ofrezcan ventajas fiscales y ayudas a personas por el hecho de mantener una relación afectiva. El derecho regula el matrimonio porque afecta a terceros, esto es, a los hijos. Sería absurdo pensar que el Estado deba regular las intimidades de los ciudadanos. Sería totalitarismo y vivimos en democracia.