El
domingo 1 de junio, se celebró en la Catedral Basílica de Nuestra Señora del
Valle una misa de acción de gracias por la declaración de San Fernando del
Valle de Catamarca como Ciudad Pro Vida.
La
Santa Misa fue presidida por el Delegado Episcopal de la Pastoral Familiar,
Pbro. Eduardo López Márquez, quien durante su predicación remarcó la necesidad
de defender la vida desde cada familia, con la realidad que vivimos cada día.
Atender el flagelo de la droga y los embarazos adolescentes, acompañando,
cuidando y protegiendo la vida.
Asimismo,
consideró que la declaración de los concejales de la ciudad capital es un
instrumento legal que nos facilita y nos abre puertas para trabajar con mayor
énfasis en la sociedad. Como cristianos sabemos qué tenemos que hacer, pero a
veces nos ayudan estos instrumentos legales para llegar a lugares donde no
siempre tenemos acceso.
El
sacerdote agradeció a los concejales que hicieron posible esta ordenanza y a
los laicos que colaboraron para que se concretara.
Esta
declaración de los ediles capitalinos se da en el marco del Año Diocesano de la
Niñez y Adolescencia, como parte de la Misión Diocesana Permanente que transita
la Iglesia en Catamarca.
TEXTO DEL INSTRUMENTO LEGAL
Declaración Nº 002/14
El
Concejo Deliberante de San Fernando del Valle de Catamarca sanciona:
ARTÍCULO 1º. Declárase de interés
a la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, bajo el título de “Ciudad Pro Vida”, comprendiendo la
reafirmación del compromiso de esta comunidad con la vida de todos los seres
humanos, sin exclusiones, ni discriminaciones arbitrarias, entendiéndola como
un valor social su cuidado y respeto.
ARTÍCULO 2º. La Ciudad de San
Fernando del Valle de Catamarca reconoce y garantiza la plena vigencia en toda
su jurisdicción del derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte
natural.
ARTÍCULO 3º. Promuévase en
nuestra Ciudad una renovada responsabilidad del cuidado de la vida humana
mediante la implementación de políticas sociales, familiares, educativas,
sanitarias y económicas que permitan la concreción de este derecho,
especialmente de mujeres embarazadas, niños por nacer, enfermos, discapacitados
y ancianos.
ARTÍCULO 4º. Autorízase al Poder
Ejecutivo a realizar convenios con Centros de Salud, Instituciones Educativas,
O.N.G., Fundaciones, etc., con el propósito de colaborar y proveer de todo
recurso necesario en la promoción de la vida humana.
ARTÍCULO 5º. Facúltase al Poder
Ejecutivo a implementar a nivel Educativo Municipal jornadas y actividades de
capacitación y formación sobre los objetivos de esta Declaración.
ARTÍCULO 6º. Facúltase al Poder
Ejecutivo a incorporar la leyenda “San Fernando del Valle de Catamarca Ciudad
Pro Vida” en toda documentación y papelería oficial durante el transcurso del
año 2014.
ARTÍCULO 7º. Comuníquese a
Intendencia, insértese en los Registros Oficiales del Departamento Ejecutivo y
Concejo Deliberante, publíquese y ARCHÍVESE.
Dada
en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Fernando del
Valle de Catamarca, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil
catorce.